Intermodal Equipment Providers
Registrese
Cada proveedor de equipos intermodales (Intermodal Equipment Provider) (IEP) que ofrece equipos intermodales para la transportación en el comercio interestatal debe registrarse como IEP a través del Unified Registration System (URS). Al completar esta solicitud en línea, el IEP está dando el primer paso hacia el cumplimiento de las Regulaciones Federales de Seguridad del Autotransporte (FMCSR). Para obtener más información acerca de URS, o para registrarse por primera vez, haga clic aqui.
Después de que la FMCSA reciba la solicitud, se le asignará un número de USDOT al IEP. El número USDOT sirve como un identificador único de una compañía al recolectar y monitorear la información adquirida durante auditorías de seguridad, revisiones de cumplimiento, investigaciones de choque e inspecciones. Como proveedor de equipos intermodales (IEP), la información de seguridad de su empresa se adquirirá a través de revisiones de carreteras, investigaciones de choques e inspecciones.
Los IEP que necesitan actualizar su información con FMCSA pueden usar el formulario MCS-150C; Sin embargo, después del 12 de diciembre de 2015, este formulario no puede ser usado para inscripciones iniciales.
Actualice su registro IEP usando el Formulario MCS-150C
Requisitos
En conformidad con 49 CFR section 390.40 of Subpart C, un IEP debe:
- Idenficar sus operaciones en FMCSA, registrándose a través del Unifed Registration System (URS).
- Antes de entregar el equipo a un transportista, el IEP debe de marcar su equipo intermodal (IME) con el número USDOT asignado por FMCSA.
- Todos los IME destinados al intercambio con un Autotransportista deben ser sistemáticamente o por causa inspeccionados, reparados y mantenidos.
- Asegúrese de que el IME destinado al intercambio con el transportista esté en condiciones seguras y en funcionamiento operacional.
- Mantener un sistema de informes de inspección del vehículo presentado al IEP.
- Mantener un sistema de registros de inspección, reparación y mantenimiento de los equipos destinados al intercambio con un transportista.
- Inspeccionar periódicamente los equipos destinados al intercambio.
- En las instalaciones en las que el IEP tenga los IMEs disponibles para el intercambio, debe tener procedimientos en su lugar y proporcionar un espacio suficiente para que los conductores realicen una inspección previa al viaje del IME licitado.
- En las instalaciones en las que el IEP tenga los IMEs disponibles para el intercambio, elabore e implemente procedimientos para reparar cualquier daño, defecto o deficiencia del equipo identificado como parte de una inspección previa al viaje, o reemplace el equipo antes de la salida del conductor.
- Si se ha determinado que el equipo representa un peligro inminente, absténgase de poner un IME en servicio en las carreteras públicas.
Al mejorar el mantenimiento del chasis, se reduce el número de estos colocados en un estatus fuera de servicio y menos interrupciones involucrando chasis intermodales, mejorando así el sistema de transporte intermodal del país. Debido a que los chasis intermodales inadecuadamente mantenidos crean riesgos para ocasionar accidentes y la implementación de esta regla ayudara a asegurar que las operaciones comerciales de vehículos sean más seguras.
Historial
El 21 de diciembre del 2006, FMCSA publicó un aviso de propuesta de reglamentación (NPRM) para implementar la sección 4118 de la Ley Safe, Accountable, Flexible, Efficient Transportation Equity Act: A Legacy for Users (SAFETEA-LU). La Sección 4118 requería que FMCSA emitiera regulaciones para "asegurar que el equipo intermodal usado para transportar contenedores intermodales es seguro y sistemáticamente mantenido".
Regla Final
El 17 de diciembre del 2008, FMCSA publicó Requirements for Intermodal Equipment Providers Final Rule (FR). Los reglamentos, por primera vez, hacen que los proveedores de equipos intermodales (IEP) estén sujetos a la FMCSR, y exigen una responsabilidad compartida entre los IEP, los transportistas y conductores.