REQUISITOS SOBRE RESPUESTAS A

EMERGENCIAS

Los requisitos para un número de teléfono de respuesta en caso de emergencia y la información de respuesta en caso de

emergencia están contenidos en el CFR 49, Parte 172, Subparte G.

 EL NÚMERO DE TELÉFONO EN CASO DE UNA RESPUESTA DE EMERGENCIA ESTÁ EN LOS DOCUMENTOS

DE TRANSPORTE

El número de telefóno en caso de emergencia debe estar disponible en todo momento que el transporte es en vía de tránsito.

Está prohibido el uso de localizadores “beepers”, contestadores automáticos y conmutadores. El número de teléfono

debe ser el de una persona capacitada para proveer una respuesta en caso de emergencia y suministrar información de mitigación

del incidente con dicho material.

 INFORMACIÓN EN EL DOCUMENTO DE EMBARQUE, O EN UN DOCUMENTO SEPARADO MANTENIDO

CON EL DOCUMENTO DE EMBARQUE, PARA RESPONDER A EMERGENCIAS

 DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL PELIGROSO

 PELIGROS INMEDIATOS PARA LA SALUD

 MÉTODOS INMEDIATOS PARA COMBATIR INCENDIOS Y DERRAMES O FUGAS,

PEQUEÑOS O GRANDES

 MEDIDAS PRELIMINARES DE PRIMEROS AUXILIOS

La información de respuesta en caso de emergencia puede ser proporcionada en la hoja de transporte o en un documento

separado. La información de respuesta en caso de emergencia debe incluir una descripción básica más el nombre técnico

del arriesgado material. Los requisitos de información de respuesta, en caso de emergencia, pueden ser cumplidos teniendo

una guía de respuestas para casos de emergencias o un documento similar con hojas de transporte a bordo del vehículo

de transporte. Se puede usar una Hoja de Datos sobre Seguridad de los Materiales (MSDS) para cumplir este requisito

si dicha hoja contiene toda la información exigida. La norma FED STD 313C requiere que todos los materiales adquiridos

por el gobierno traigan una MSDS que satisfaga este requisito.

Para el transporte por carretera, si un vehículo de transporte contiene materiales peligrosos para los cuales se requiere

un documento de embarque y el vehículo está separado de su fuerza motriz y estacionado en un lugar que no sea un depósito

operado por el consignatario, el expedidor o el transportista, el transportista (1) marcará el vehículo de transporte con el

número de teléfono del transportista motorizado en la parte frontal exterior de la conexión eléctrica o la manguera de

frenos; o (2) tendrá a mano en el vehículo de transporte los documentos de embarque y la información con respuestas a

emergencias. Este requisito no se aplica si el número de identificación de cada material peligroso que contenga está marcado

en la parte exterior del vehículo sobre un panel naranja o un rótulo o una forma cuadrada de fondo blanco.

 

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