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Proceso para obtener un Certificado de Registro
Resumen
ejecutivo
El proceso para la obtención del Certificado
de Registro por parte de los transportistas domiciliados en México
aparece en las reglas finales de la Administración Federal de Seguridad
del Transporte Automotor (FMCSA) tituladas: "Revisión de las
Regulaciones y Formulario de Solicitud para las operaciones de los transportistas
motorizados domiciliados en México en las Municipalidades y Zonas
Comerciales de los Estados Unidos dentro la Frontera de los Estados Unidos-México"
y "Sistema para el Control de la Seguridad e Iniciativa de Conformidad
para los Transportistas Motorizados Domiciliados en México que
operan en los Estados Unidos". Este documento intenta resumir la
información contenida en las reglas mencionadas arriba en un panorama
general del proceso que sea fácil de leer.
Este proceso aplica a los transportistas motorizados domiciliados en México
que quieran registrarse para operar solamente en las municipalidades de
los Estados Unidos o en la frontera de los Estados Unidos/México,
o dentro de las zonas comerciales de dichas municipalidades. Esto también
aplica a los transportistas domiciliados en México que poseen un
Certificado de Registro de la antigua Comisión de Comercio Interestatal,
la Administración Federal de Carreteras, la Oficina de Seguridad
del Transporte Automotor, o la FMCSA.
El proceso para obtener un Certificado de Registro está compuesto
por tres sub-procesos:
- El Proceso de Solicitud,
- Operaciones bajo un Certificado de Registro
provisional, y
- Operaciones bajo un Certificado de Registro
permanente.
Proceso de Solicitud
Todos los autotransportistas domiciliados en México que posean
un Certificado de Registro para operar en las zonas comerciales fueron
requeridos a volver a solicitar sus permisos para poder continuar sus
operaciones. Todos los autotransportistas que operan en zonas comerciales
y no solicitaron su permiso antes del 20 de octubre del 2003 resultó
en la perdida de su Certificado de Registro y tendrá que volver
a solicitar entregando la solicitud de OP-2 y pagando la cuota de $300.00.
Certificado de Registro Provisional
La FMCSA ha puesto en práctica un sistema de inspección
de seguridad e iniciativa de conformidad para ayudar a determinar si los
transportistas domiciliados en México que operan entre puntos en
México y las zonas comerciales de la frontera cumplen con las regulaciones
de seguridad aplicables y llevan a cabo sus operaciones de manera segura.
Los dos componentes principales de este sistema de inspección de
seguridad son:
- Evaluación de seguridad mediante
auditorías de seguridad (usualmente en el lugar), y
- Inspección del desempeño
en carretera mediante inspecciones más frecuentes detenidos al
lado de la carretera
Certificado de Registro permanente
Los transportistas domiciliados en
México que demuestren niveles de desempeño aceptables y
pasen la auditoría de seguridad recibirán un Certificado
de Registro permanente al terminar el período provisional de 18
meses. La FMCSA le enviará una notificación por escrito
al transportista indicando que el estado de su registro ha cambiado de
provisional a permanente. Una vez que los transportistas domiciliados
en México tengan el Certificado de Registro, se someterán
a los mismos requisitos de seguridad y procedimientos operacionales que
se aplican a los transportistas estadounidenses y canadienses.
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Proceso
para obtener un Certificado de Registro
El proceso para obtener un Certificado de Registro se aplica a los transportistas
motorizados domiciliados en México que desean registrarse para
operar solamente en las municipalidades de los Estados Unidos dentro de
la frontera de los Estados Unidos-México, o dentro de las zonas
comerciales de dichas municipalidades.
Esto también incluye a los transportistas motorizados domiciliados
en México que actualmente posean un Certificado de Registro de
la antigua Comisión de Comercio Interestatal, la Administración
Federal de Carreteras, la Oficina de Seguridad de los Transportistas Motorizados,
o la Administración Federal de Seguridad del Transporte Automotor
(FMCSA).
El proceso para la obtención del Certificado de Registro está
compuesto por tres sub-procesos:
- El proceso de solicitud,
- Operaciones bajo un Certificado de Registro
provisional, y
- Operaciones bajo un Certificado de Registro
permanente.
Cada uno de estos se describe en más
detalle a continuación.
Proceso de solicitud
Todos los autotransportistas domiciliados en México que posean
un Certificado de Registro para operar en las zonas comerciales fueron
requeridos a volver a solicitar sus permisos para poder continuar sus
operaciones. Todos los autotransportistas que operan en zonas comerciales
y no solicitaron su permiso antes del 20 de octubre del 2003 resultó
en la perdida de su Certificado de Registro y tendrá que volver
a solicitar entregando la solicitud de OP-2 y pagando la cuota de $300.00.
Para obtener una copia del Paquete de Solicitud OP-2
Los transportistas domiciliados en México pueden obtener una copia
del paquete de solicitud:
- Puede hacer su
solicitud en el sitio de Internet con una
tarjeta de crédito http://www.diy.dot.gov
- Por correo postal, llamando a la Línea
de Información de la FMCSA (001-800-832-5660 desde México
o al 1-800-832-5660 desde los Estados Unidos o Canadá) y pedir
el paquete de solicitud OP-2, o
- Por el sitio en Internet de la FMCSA.
Clic aquí.
- La oficina Tans-Border
tel: 619-710-8400
Asistencia al Seminario de un día
sobre los Requisitos de Seguridad de los Estados Unidos (Opcional)
La FMCSA ha desarrollado un seminario de un día sobre los requisitos
de seguridad de los Estados Unidos para los transportistas domiciliados
en México que deseen una autorización de operaciones o un
Certificado de Registro en los Estados Unidos. El seminario ofrece un
panorama general de las regulaciones de seguridad de los Estados y el
proceso para obtener una autorización de operaciones o un Certificado
de Registro de los Estados Unidos. La información brindada en el
seminario será muy importante para el transportista a la hora de
completar el formulario de solicitud y para prepararse para las futuras
auditorías de seguridad.
Aunque la participación en el seminario no es obligatoria, es altamente
recomendable que los transportistas asistan. Se brindará información
sobre la fecha y lugar de los próximos seminarios a las asociaciones
mexicanas de camioneros y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes,
y se distribuirá esta información a los chóferes
en los cruces de carreteras más importantes de la frontera.
Para llenar la Solicitud
El paquete de solicitud está impreso en inglés y español,
pero las respuestas del transportista deben estar escritas en inglés.
Es muy importante que el transportista suministre toda la información
necesaria y que llene la solicitud completamente antes de regresarla por
correo. Las solicitudes con información incompleta o que no incluyan
el sobrecargo serán devueltas al transportista. La información
suministrada en la solicitud será verificada en diferentes bases
de datos de los Estados Unidos y México para asegurar que el transportista
es elegible para el Certificado de Registro.
Para enviar la solicitud
Todos los solicitantes deben enviar los siguientes documentos y sobrecargos
a la FMCSA:
- Solicitud OP-2: Un original y una copia
del Formulario de Solicitud OP-2 completo para el Certificado Mexicano
de Registro para Transportistas Motorizados Extranjeros y Transportistas
Motorizados Extranjeros Privados bajo el 49 U.S.C. 13902, con todos
los anexos y declaraciones necesarios.
- Reporte de Identificación del Transportista
Automotor (Form MCS-150): Un formulario MCS-150, Reporte de Identificación
del Transportista Automotor, completo y firmado. El MCS-150 ofrece información
básica sobre la operación del transportista necesaria
para mantener la base de datos del censo de transportistas de la FMCSA.
Clic aquí.
- Designación de Agentes de Proceso
(Form BOC-3): El transportista debe proporcionar un formulario BOC-3,
Designación de Agentes para el Servicio del Proceso, con la firma
y fecha, o usar un agente de servicios para el proceso que enviará
el formulario BOC-3 electrónicamente dentro de 90 días.
El formulario BOC-3 debe mostrar la dirección de la(s) persona(s)
designadas como agente(s) para que recibir notificaciones de acciones
legales. Debe designarse un agente de proceso en cada estado en el que
el solicitante pueda operar. El solicitante no puede empezar sus operaciones
si no ha enviado el formulario BOC-3 al FMCSA. Clic aquí.
- Sobrecargo para procesar la solicitud:
Con la excepción de aquellos transportistas que ya han pagado
el sobrecargo, se debe enviar un sobrecargo de $300 dólares por
cada solicitud de registro que se pida (p. e., contrato, mercancías
comunes o domésticas), pagaderos en dólares estadounidenses
en un banco de los Estados Unidos a nombre de la FMCSA mediante cheque,
giro bancario o tarjeta de crédito.
La solicitud completa, el sobrecargo y los
documentos indicados arriba deben enviarse a la FMCSA Trans-Border Office
(si paga con tarjeta de crédito), o a la FMCSA Lockbox (si paga
con cheque o giro bancario). Las direcciones son las siguientes:
FMCSA Trans-Border Office
FMCSA Trans-Border Office
2297 Niels Boht Ct., Suite 204
San Diego, CA 92153
Direcciones de la FMCSA Lockbox
PARA ENVÍOS NORMALES:
Federal Motor Carrier Safety Administration
P.O. Box 70935
Charlotte, NC 28272-0935
SOLO PARA ENVÍOS POR EXPRESS
MAIL:
QLP Wholesale Lockbox - NC0810
Lockbox #70935
1525 West WT Harris Blvd.
Charlotte, NC 28262
Para presentar prueba de seguro
El solicitante no tiene que entregar evidencias de seguro junto con la
solicitud. Sin embargo, si al solicitante se le otorga un Certificado
de Registro, debe tener los siguientes documentos en su vehículo
al cruzar la frontera:
- El requerido endoso de seguro (forma
MCS-90); o
- Una tarjeta de identificación
de seguro, un comprobante de seguro, u otro documento emitido por un
asegurador autorizado que especifique la fecha efectiva y la fecha de
vencimiento de la cobertura de seguro temporal autorizada por esta excepción.
Aprobación de la Solicitud OP-2
A los solicitantes que reúnan todos los requisitos para completar
sus solicitudes OP-2, la FMCSA les notificará por escrito que su
solicitud ha sido aprobada. El transportista también recibirá:
- Un Certificado de Registro provisional
que le permite operar en las zonas comerciales por un período
de 18 meses, y
- Un número del USDOT (Departamento
de Transporte de los Estados Unidos)
Para exhibir el número del USDOT
El número del USDOT debe exhibirse en ambos lados de todo vehículo
que se use en los Estados Unidos antes de empezar sus operaciones.
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Auditoría
de Seguridad de la FMCSA
Todos los transportistas domiciliados en
México que deseen un Certificado de Registro permanente para operar
en las zonas comerciales de la frontera deben someterse y pasar una auditoría
de seguridad que realiza la FMCSA. Las auditorías de seguridad
consisten en una revisión de la información de seguridad
del transportista, una revisión de los documentos del transportista
que se hayan pedido y una sesión de entrevista del funcionario
de seguridad del transportista motorizado con un auditor de seguridad
certificado. Los siguientes pasos describen este aspecto del proceso de
solicitud.
Preparación para la auditoría
Los transportistas domiciliados en México que deseen un Certificado
de Registro permanente para operar en las zonas comerciales de la frontera
deben recibir y aprobar una Auditoría de Seguridad de la FMCSA
dentro del período provisional de 18 meses. La FMCSA recomienda
que los transportistas domiciliados en México hagan lo siguiente
para prepararse para la auditoría:
Programación de la auditoría
La Oficina de la División de la FMCSA asignada a la dirección
de trabajo del transportista contactará al transportista para programar
de mutuo acuerdo una hora y lugar para realizar la auditoría. La
FMCSA puede realizar la auditoría en la sede del transportista
o en otro punto convenido mutuamente. Se le enviará una carta al
transportista indicando cuándo y dónde se realizará
la auditoría de seguridad.
Participación en la auditoría
El objetivo de la auditoría de seguridad es educar al transportista
en el cumplimiento de las regulaciones de FMCSR y HMR y para determinar
las áreas donde el transportista puede tener deficiencias relacionadas
con el cumplimiento. El auditor de seguridad hará una serie de
preguntas relacionadas con las prácticas de manejo de seguridad
y el desempeño de seguridad del transportista para asegurar que
todas las áreas serias y críticas de las regulaciones FMCSR
y HMR aplicables han sido tomadas en cuenta. Las áreas consideradas
incluyen la calificación de los chóferes, el manejo de un
vehículo motorizado, las horas de servicio, inspecciones, reparaciones
y mantenimiento, el transporte y etiquetado de materiales peligrosos,
uso de sustancias reguladas y alcohol y pruebas para detectarlas, normas
para la licencia de conductor comercial, y la responsabilidad financiera.
Al final de la auditoría el transportista recibirá un informe
indicando todas las deficiencias que hayan sido encontradas, junto con
las recomendaciones para corregirlas. La FMCSA le notificará al
transportista los resultados de la auditoría (Aprobado o Reprobado)
dentro de los 45 días posteriores a la realización de la
misma.
Aprobación de la auditoría
Si la auditoría de seguridad muestra que el transportista cumple
con las regulaciones de la FMCSR y tiene todos los controles de manejo
de seguridad básicos en orden y funcionando adecuadamente, el transportista
recibirá una calificación de aprobado. El Certificado de
Registro del transportista domiciliado en México continuará
vigente y su desempeño será inspeccionado estrechamente
por la FMCSA hasta que termine el período de 18 meses.
Reprobación de la auditoría
Si un transportista reprueba la auditoría debido a serios problemas
de seguridad, la falta de controles de manejo de seguridad adecuados,
y/o por no cumplir con las regulaciones FMCSR, la FMCSA le notificará
al transportista que su registro será suspendido partir de los
15 días posteriores a la fecha de emisión de la notificación,
a menos que el transportista demuestre, dentro de 10 días, que
la auditoría contiene errores. Si el transportista no es capaz
de demostrar que hay errores en la información de la auditoría,
la FMCSA emitirá una Orden suspendiendo el Certificado de Registro
provisional del transportista, y le notificará que su Certificado
de Registro será revocado a menos que presente evidencia de haber
tomado acciones correctivas dentro de los 30 días de emitida la
Orden.
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Inspección
de Desempeño en Carretera
Durante los 18 meses posteriores a la emisión
de un Certificado de Registro provisional, la FMCSA controlará
y evaluará el desempeño de seguridad de los transportistas
domiciliados en México en las carreteras de los Estados Unidos,
mediante un sistema integral de inspección en las carreteras. Los
aspectos más importantes de este sistema se presentan a continuación.
Uso de cartas de acción expedita
para alertar a los transportistas sobre problemas de seguridad
Los transportistas motorizados domiciliados en México que cometan
ciertas violaciones que se descubran como parte de las inspecciones en
carreteras u otros medios, pueden estar sujetos a una auditoría
de seguridad expedita (si el transportista no ha pasado por una todavía),
una revisión de conformidad, o se les enviará una carta
de acción expedita identificando las violaciones y pidiéndoles
que entreguen una respuesta por escrito mostrando las acciones correctivas.
Las violaciones específicas que pueden provocar el envío
de una carta de acción expedita incluyen:
- Usar chóferes que no posean u
operen sin una Licencia de Conductor Comercial (CDL) o una Licencia
Federal del Conductor (LF) válidas;
- Operar vehículos que han sido clasificados
como fuera de servicio (OOS) por la Alianza de Seguridad para Vehículos
Comerciales (CVSA, siglas en inglés) sin haber hecho las reparaciones
requeridas;
- Estar involucrado, por acto u omisión
del transportista, en un incidente con materiales peligrosos (HM) dentro
de los Estados Unidos, relacionado con el transporte controlado por
carretera de cantidades de ciertos materiales peligrosos;
- Estar involucrado, por acto u omisión
del transportista, en dos o más incidentes con materiales peligrosos
(HM) dentro de los Estados Unidos;
- Usar un chofer con resultados positivos
en las pruebas de drogas y alcohol o que se niega a someterse a las
pruebas de drogas y alcohol requeridas;
- Operar un vehículo motorizado sin
seguro dentro de los Estados Unidos, como lo requiere el 49 CFR Parte
387;
- Tener un porcentaje de chóferes
o vehículos fuera de servicio de al menos un 50% detectado en
tres inspecciones dentro de un período de 90 días consecutivos.
- Si no se responde a la petición
de una agencia de que se emita una respuesta por escrito mostrando las
acciones correctivas dentro de 30 días, esto resultará
en una suspensión del Certificado de Registro provisional del
transportista hasta que se envíe la respuesta de acciones correctivas
requerida a la FMCSA. Las auditorías de seguridad expeditas y
las cartas de acción expeditas solamente se aplicarán
durante el período de inspección de 18 meses.
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