Operando con Seguridad en los EE.UU.
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Como Autotransportista en las Zonas Comerciales Fronterizas de EE.UU./México

Manual de Requisitos para la Operación Transfronteriza de Autotransportes Extranjeros Entrando a los Estados Unidos
Manual de Requisitos
para la Operación Transfronteriza de Autotransportes
Extranjeros Entrando
a los Estados Unidos

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Guia del Transportista Motorizado para Mejorar la Seguridad en las Carreteras Programa de Educación y Asistencia Técnica
Guia del Transportista
Motorizado para Mejorar la Seguridad en las Carreteras
Programa de Educación y Asistencia Técnica
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Categorías
Proceso para obtener un Certificado de Registro
Operaciones con un Certificado de Registro provisional
Auditoría de Seguridad de la FMCSA
Inspección de Desempeño en Carretera
Operaciones con un Certificado de Registro permanente
Formas
FORMA OP-2 Paquete de Solicitud (Inglés y Español; instrucciones en Español):
PDF
o HTML

Reporte de Identificación del Transportista Automotor (Solicitud para un número USDOT)
-
FORMA MCS-150
(Inglés & Español): PDF o HTML

Designación de Agentes – Autotransportista, Agentes y Agentes de Carga - FORMA BOC-3

(Inglés & Español):
PDF o HTML

Lista de Agentes Procesadores
(Inglés & Español): PDF - HTML
Operaciones de los Transportistas Motorizados Domiciliados en México dentro de las Municipalidades y Zonas Comerciales en la Frontera de los Estados Unidos- México


Proceso para obtener un Certificado de Registro

Resumen ejecutivo

El proceso para la obtención del Certificado de Registro por parte de los transportistas domiciliados en México aparece en las reglas finales de la Administración Federal de Seguridad del Transporte Automotor (FMCSA) tituladas: "Revisión de las Regulaciones y Formulario de Solicitud para las operaciones de los transportistas motorizados domiciliados en México en las Municipalidades y Zonas Comerciales de los Estados Unidos dentro la Frontera de los Estados Unidos-México" y "Sistema para el Control de la Seguridad e Iniciativa de Conformidad para los Transportistas Motorizados Domiciliados en México que operan en los Estados Unidos". Este documento intenta resumir la información contenida en las reglas mencionadas arriba en un panorama general del proceso que sea fácil de leer.

Este proceso aplica a los transportistas motorizados domiciliados en México que quieran registrarse para operar solamente en las municipalidades de los Estados Unidos o en la frontera de los Estados Unidos/México, o dentro de las zonas comerciales de dichas municipalidades. Esto también aplica a los transportistas domiciliados en México que poseen un Certificado de Registro de la antigua Comisión de Comercio Interestatal, la Administración Federal de Carreteras, la Oficina de Seguridad del Transporte Automotor, o la FMCSA.

El proceso para obtener un Certificado de Registro está compuesto por tres sub-procesos:

  • El Proceso de Solicitud,
  • Operaciones bajo un Certificado de Registro provisional, y
  • Operaciones bajo un Certificado de Registro permanente.

Proceso de Solicitud

Todos los autotransportistas domiciliados en México que posean un Certificado de Registro para operar en las zonas comerciales fueron requeridos a volver a solicitar sus permisos para poder continuar sus operaciones. Todos los autotransportistas que operan en zonas comerciales y no solicitaron su permiso antes del 20 de octubre del 2003 resultó en la perdida de su Certificado de Registro y tendrá que volver a solicitar entregando la solicitud de OP-2 y pagando la cuota de $300.00.

Certificado de Registro Provisional

La FMCSA ha puesto en práctica un sistema de inspección de seguridad e iniciativa de conformidad para ayudar a determinar si los transportistas domiciliados en México que operan entre puntos en México y las zonas comerciales de la frontera cumplen con las regulaciones de seguridad aplicables y llevan a cabo sus operaciones de manera segura. Los dos componentes principales de este sistema de inspección de seguridad son:

  • Evaluación de seguridad mediante auditorías de seguridad (usualmente en el lugar), y
  • Inspección del desempeño en carretera mediante inspecciones más frecuentes detenidos al lado de la carretera

Certificado de Registro permanente

Los transportistas domiciliados en México que demuestren niveles de desempeño aceptables y pasen la auditoría de seguridad recibirán un Certificado de Registro permanente al terminar el período provisional de 18 meses. La FMCSA le enviará una notificación por escrito al transportista indicando que el estado de su registro ha cambiado de provisional a permanente. Una vez que los transportistas domiciliados en México tengan el Certificado de Registro, se someterán a los mismos requisitos de seguridad y procedimientos operacionales que se aplican a los transportistas estadounidenses y canadienses.

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Proceso para obtener un Certificado de Registro

El proceso para obtener un Certificado de Registro se aplica a los transportistas motorizados domiciliados en México que desean registrarse para operar solamente en las municipalidades de los Estados Unidos dentro de la frontera de los Estados Unidos-México, o dentro de las zonas comerciales de dichas municipalidades.

Esto también incluye a los transportistas motorizados domiciliados en México que actualmente posean un Certificado de Registro de la antigua Comisión de Comercio Interestatal, la Administración Federal de Carreteras, la Oficina de Seguridad de los Transportistas Motorizados, o la Administración Federal de Seguridad del Transporte Automotor (FMCSA).

El proceso para la obtención del Certificado de Registro está compuesto por tres sub-procesos:

  • El proceso de solicitud,
  • Operaciones bajo un Certificado de Registro provisional, y
  • Operaciones bajo un Certificado de Registro permanente.

Cada uno de estos se describe en más detalle a continuación.


Proceso de solicitud


Todos los autotransportistas domiciliados en México que posean un Certificado de Registro para operar en las zonas comerciales fueron requeridos a volver a solicitar sus permisos para poder continuar sus operaciones. Todos los autotransportistas que operan en zonas comerciales y no solicitaron su permiso antes del 20 de octubre del 2003 resultó en la perdida de su Certificado de Registro y tendrá que volver a solicitar entregando la solicitud de OP-2 y pagando la cuota de $300.00.


Para obtener una copia del Paquete de Solicitud OP-2


Los transportistas domiciliados en México pueden obtener una copia del paquete de solicitud:

  • Puede hacer su solicitud en el sitio de Internet con una
    tarjeta de crédito http://www.diy.dot.gov

  • Por correo postal, llamando a la Línea de Información de la FMCSA (001-800-832-5660 desde México o al 1-800-832-5660 desde los Estados Unidos o Canadá) y pedir el paquete de solicitud OP-2, o
  • Por el sitio en Internet de la FMCSA. Clic aquí.
  • La oficina Tans-Border tel: 619-710-8400

Asistencia al Seminario de un día sobre los Requisitos de Seguridad de los Estados Unidos (Opcional)
La FMCSA ha desarrollado un seminario de un día sobre los requisitos de seguridad de los Estados Unidos para los transportistas domiciliados en México que deseen una autorización de operaciones o un Certificado de Registro en los Estados Unidos. El seminario ofrece un panorama general de las regulaciones de seguridad de los Estados y el proceso para obtener una autorización de operaciones o un Certificado de Registro de los Estados Unidos. La información brindada en el seminario será muy importante para el transportista a la hora de completar el formulario de solicitud y para prepararse para las futuras auditorías de seguridad.

Aunque la participación en el seminario no es obligatoria, es altamente recomendable que los transportistas asistan. Se brindará información sobre la fecha y lugar de los próximos seminarios a las asociaciones mexicanas de camioneros y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y se distribuirá esta información a los chóferes en los cruces de carreteras más importantes de la frontera.

Para llenar la Solicitud

El paquete de solicitud está impreso en inglés y español, pero las respuestas del transportista deben estar escritas en inglés. Es muy importante que el transportista suministre toda la información necesaria y que llene la solicitud completamente antes de regresarla por correo. Las solicitudes con información incompleta o que no incluyan el sobrecargo serán devueltas al transportista. La información suministrada en la solicitud será verificada en diferentes bases de datos de los Estados Unidos y México para asegurar que el transportista es elegible para el Certificado de Registro.

Para enviar la solicitud
Todos los solicitantes deben enviar los siguientes documentos y sobrecargos a la FMCSA:

  • Solicitud OP-2: Un original y una copia del Formulario de Solicitud OP-2 completo para el Certificado Mexicano de Registro para Transportistas Motorizados Extranjeros y Transportistas Motorizados Extranjeros Privados bajo el 49 U.S.C. 13902, con todos los anexos y declaraciones necesarios.
  • Reporte de Identificación del Transportista Automotor (Form MCS-150): Un formulario MCS-150, Reporte de Identificación del Transportista Automotor, completo y firmado. El MCS-150 ofrece información básica sobre la operación del transportista necesaria para mantener la base de datos del censo de transportistas de la FMCSA. Clic aquí.

  • Designación de Agentes de Proceso (Form BOC-3): El transportista debe proporcionar un formulario BOC-3, Designación de Agentes para el Servicio del Proceso, con la firma y fecha, o usar un agente de servicios para el proceso que enviará el formulario BOC-3 electrónicamente dentro de 90 días. El formulario BOC-3 debe mostrar la dirección de la(s) persona(s) designadas como agente(s) para que recibir notificaciones de acciones legales. Debe designarse un agente de proceso en cada estado en el que el solicitante pueda operar. El solicitante no puede empezar sus operaciones si no ha enviado el formulario BOC-3 al FMCSA. Clic aquí.

  • Sobrecargo para procesar la solicitud: Con la excepción de aquellos transportistas que ya han pagado el sobrecargo, se debe enviar un sobrecargo de $300 dólares por cada solicitud de registro que se pida (p. e., contrato, mercancías comunes o domésticas), pagaderos en dólares estadounidenses en un banco de los Estados Unidos a nombre de la FMCSA mediante cheque, giro bancario o tarjeta de crédito.

La solicitud completa, el sobrecargo y los documentos indicados arriba deben enviarse a la FMCSA Trans-Border Office (si paga con tarjeta de crédito), o a la FMCSA Lockbox (si paga con cheque o giro bancario). Las direcciones son las siguientes:


FMCSA Trans-Border Office

FMCSA Trans-Border Office
2297 Niels Boht Ct., Suite 204
San Diego, CA 92153


Direcciones de la FMCSA Lockbox

PARA ENVÍOS NORMALES:
Federal Motor Carrier Safety Administration
P.O. Box 70935
Charlotte, NC 28272-0935

SOLO PARA ENVÍOS POR EXPRESS MAIL:
QLP Wholesale Lockbox - NC0810
Lockbox #70935
1525 West WT Harris Blvd.
Charlotte, NC 28262


Para presentar prueba de seguro
El solicitante no tiene que entregar evidencias de seguro junto con la solicitud. Sin embargo, si al solicitante se le otorga un Certificado de Registro, debe tener los siguientes documentos en su vehículo al cruzar la frontera:

  • El requerido endoso de seguro (forma MCS-90); o
  • Una tarjeta de identificación de seguro, un comprobante de seguro, u otro documento emitido por un asegurador autorizado que especifique la fecha efectiva y la fecha de vencimiento de la cobertura de seguro temporal autorizada por esta excepción.

Aprobación de la Solicitud OP-2
A los solicitantes que reúnan todos los requisitos para completar sus solicitudes OP-2, la FMCSA les notificará por escrito que su solicitud ha sido aprobada. El transportista también recibirá:

  • Un Certificado de Registro provisional que le permite operar en las zonas comerciales por un período de 18 meses, y
  • Un número del USDOT (Departamento de Transporte de los Estados Unidos)

Para exhibir el número del USDOT
El número del USDOT debe exhibirse en ambos lados de todo vehículo que se use en los Estados Unidos antes de empezar sus operaciones.

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Operaciones con un Certificado de Registro provisional

La FMCSA ha puesto en práctica un sistema de inspección de seguridad e iniciativa de conformidad para ayudar a determinar si los transportistas domiciliados en México que operan entre puntos en México y las zonas comerciales de la frontera cumplen con las regulaciones de seguridad aplicables y operan con seguridad. Los dos componentes principales de este sistema de inspección son:
Una evaluación de seguridad mediante una auditoría de seguridad (usualmente en el lugar), y
" Una inspección del desempeño de la seguridad en las carreteras de los Estados Unidos mediante inspecciones más frecuentes detenidos al lado de la carretera. Cada uno de estos elementos se explica a continuación.

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Auditoría de Seguridad de la FMCSA

Todos los transportistas domiciliados en México que deseen un Certificado de Registro permanente para operar en las zonas comerciales de la frontera deben someterse y pasar una auditoría de seguridad que realiza la FMCSA. Las auditorías de seguridad consisten en una revisión de la información de seguridad del transportista, una revisión de los documentos del transportista que se hayan pedido y una sesión de entrevista del funcionario de seguridad del transportista motorizado con un auditor de seguridad certificado. Los siguientes pasos describen este aspecto del proceso de solicitud.


Preparación para la auditoría
Los transportistas domiciliados en México que deseen un Certificado de Registro permanente para operar en las zonas comerciales de la frontera deben recibir y aprobar una Auditoría de Seguridad de la FMCSA dentro del período provisional de 18 meses. La FMCSA recomienda que los transportistas domiciliados en México hagan lo siguiente para prepararse para la auditoría:


Programación de la auditoría
La Oficina de la División de la FMCSA asignada a la dirección de trabajo del transportista contactará al transportista para programar de mutuo acuerdo una hora y lugar para realizar la auditoría. La FMCSA puede realizar la auditoría en la sede del transportista o en otro punto convenido mutuamente. Se le enviará una carta al transportista indicando cuándo y dónde se realizará la auditoría de seguridad.


Participación en la auditoría

El objetivo de la auditoría de seguridad es educar al transportista en el cumplimiento de las regulaciones de FMCSR y HMR y para determinar las áreas donde el transportista puede tener deficiencias relacionadas con el cumplimiento. El auditor de seguridad hará una serie de preguntas relacionadas con las prácticas de manejo de seguridad y el desempeño de seguridad del transportista para asegurar que todas las áreas serias y críticas de las regulaciones FMCSR y HMR aplicables han sido tomadas en cuenta. Las áreas consideradas incluyen la calificación de los chóferes, el manejo de un vehículo motorizado, las horas de servicio, inspecciones, reparaciones y mantenimiento, el transporte y etiquetado de materiales peligrosos, uso de sustancias reguladas y alcohol y pruebas para detectarlas, normas para la licencia de conductor comercial, y la responsabilidad financiera. Al final de la auditoría el transportista recibirá un informe indicando todas las deficiencias que hayan sido encontradas, junto con las recomendaciones para corregirlas. La FMCSA le notificará al transportista los resultados de la auditoría (Aprobado o Reprobado) dentro de los 45 días posteriores a la realización de la misma.

Aprobación de la auditoría
Si la auditoría de seguridad muestra que el transportista cumple con las regulaciones de la FMCSR y tiene todos los controles de manejo de seguridad básicos en orden y funcionando adecuadamente, el transportista recibirá una calificación de aprobado. El Certificado de Registro del transportista domiciliado en México continuará vigente y su desempeño será inspeccionado estrechamente por la FMCSA hasta que termine el período de 18 meses.

Reprobación de la auditoría
Si un transportista reprueba la auditoría debido a serios problemas de seguridad, la falta de controles de manejo de seguridad adecuados, y/o por no cumplir con las regulaciones FMCSR, la FMCSA le notificará al transportista que su registro será suspendido partir de los 15 días posteriores a la fecha de emisión de la notificación, a menos que el transportista demuestre, dentro de 10 días, que la auditoría contiene errores. Si el transportista no es capaz de demostrar que hay errores en la información de la auditoría, la FMCSA emitirá una Orden suspendiendo el Certificado de Registro provisional del transportista, y le notificará que su Certificado de Registro será revocado a menos que presente evidencia de haber tomado acciones correctivas dentro de los 30 días de emitida la Orden.

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Inspección de Desempeño en Carretera

Durante los 18 meses posteriores a la emisión de un Certificado de Registro provisional, la FMCSA controlará y evaluará el desempeño de seguridad de los transportistas domiciliados en México en las carreteras de los Estados Unidos, mediante un sistema integral de inspección en las carreteras. Los aspectos más importantes de este sistema se presentan a continuación.

Uso de cartas de acción expedita para alertar a los transportistas sobre problemas de seguridad

Los transportistas motorizados domiciliados en México que cometan ciertas violaciones que se descubran como parte de las inspecciones en carreteras u otros medios, pueden estar sujetos a una auditoría de seguridad expedita (si el transportista no ha pasado por una todavía), una revisión de conformidad, o se les enviará una carta de acción expedita identificando las violaciones y pidiéndoles que entreguen una respuesta por escrito mostrando las acciones correctivas. Las violaciones específicas que pueden provocar el envío de una carta de acción expedita incluyen:

  • Usar chóferes que no posean u operen sin una Licencia de Conductor Comercial (CDL) o una Licencia Federal del Conductor (LF) válidas;

  • Operar vehículos que han sido clasificados como fuera de servicio (OOS) por la Alianza de Seguridad para Vehículos Comerciales (CVSA, siglas en inglés) sin haber hecho las reparaciones requeridas;

  • Estar involucrado, por acto u omisión del transportista, en un incidente con materiales peligrosos (HM) dentro de los Estados Unidos, relacionado con el transporte controlado por carretera de cantidades de ciertos materiales peligrosos;

  • Estar involucrado, por acto u omisión del transportista, en dos o más incidentes con materiales peligrosos (HM) dentro de los Estados Unidos;

  • Usar un chofer con resultados positivos en las pruebas de drogas y alcohol o que se niega a someterse a las pruebas de drogas y alcohol requeridas;

  • Operar un vehículo motorizado sin seguro dentro de los Estados Unidos, como lo requiere el 49 CFR Parte 387;

  • Tener un porcentaje de chóferes o vehículos fuera de servicio de al menos un 50% detectado en tres inspecciones dentro de un período de 90 días consecutivos.

  • Si no se responde a la petición de una agencia de que se emita una respuesta por escrito mostrando las acciones correctivas dentro de 30 días, esto resultará en una suspensión del Certificado de Registro provisional del transportista hasta que se envíe la respuesta de acciones correctivas requerida a la FMCSA. Las auditorías de seguridad expeditas y las cartas de acción expeditas solamente se aplicarán durante el período de inspección de 18 meses.

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Operaciones con un Certificado de Registro permanente

Todos los autotransportistas domiciliados en México que posean un Certificado de Registro para operar en las zonas comerciales fueron requeridos a volver a solicitar sus permisos con FMCSA para el 20 de octubre del 2003 para poder continuar sus operaciones. SI no solicitaron su permiso antes del 20 de octubre del 2003 resultó en la perdida de su Certificado de Registro y tendrá que volver a solicitar entregando la solicitud de OP-2 y pagando la cuota de $300.00.

Gráfica del OP-2
Paso a Paso
Guía de Referencia Rápida
 

Fase 1. Proceso de Solicitud
1.
Llene la FORMA OP-2 Paquete de Solicitud (Inglés y Español; instrucciones en Español): PDF o HTML. El paquete de solicitud está impreso en inglés y español, pero las respuestas del autotransportista deben ser en inglés.
2.
Pague el costo de tramitación de U.S. $300.00 dólares por cada tipo de registro.
3.
Asista a un seminario sobre los requisitos de Seguridad de los Estados Unidos (Opcional).
4.
Llene el Reporte de Identificación del Transportista Automotor (Solicitud para un número USDOT) - FORMA MCS-150 (Inglés & Español): PDF o HTML
5.
Designe un Agente Procesador FORMA BOC-3 (Inglés y Español): PDF o HTML
Lista de Agentes Procesadores (Inglés & Español) - PDF - HTML
6.
Tenga comprobante de seguro
7.
Reciba aprobación de la solicitud OP-2: Certificado de Registro Provisional.
8.
Exhiba en ambos lados del vehículo el nombre legal o nombre comercial de la empresa de autotransporte tal como definido en la forma MCS-90 y el número del USDOT en cualquier vehículo que va a operar en los EE.UU. antes de que pueda dar comienzo a sus operaciones.

Fase 2. Certificado de Registro Provisional

9.
Pase la Auditoría de Seguridad antes de que terminen los 18 meses de Autoridad Provisional.
10.
Cumpla con todas las reglas del Reglamento Federal de Seguridad del Autotransporte (FMCSRs) http://www.fmcsa.dot.gov/rulesregs/fmcsr/fmcsrguide.htm
11.
Cumpla con todas las regulaciones del Reglamento Federal sobre Materiales Peligrosos (Español)
12.
Cumpla con todas las Regulaciones Estatales Económicas y de Seguridad para los Autotransportistas. Clic aquí.
13.
Pase la inspección de desempeño en la carretera antes de que terminen los 18 meses de Autoridad Provisional.

Fase 3. Certificado de Registro Permanente

14.
Demuestre niveles aceptables en el desempeño de la seguridad.
15.
Reciba una notificación por escrito de la FMCSA declarando el cambio de Autoridad Provisional para Operar a Autoridad Permanente al final de los 18 meses provisionales.

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